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Oct

2019

La Justicia salva de pagar 15 millones al Ayuntamiento de Sevilla de los convenios de Monteseirín PDF Imprimir E-mail
MONTESEIRIN

ABC SEVILLA-EDUARDO BARBA-09.10.2019

Enorme alivio para las arcas municipales de Sevilla el que ha llegado desde los tribunales, que han salvado a la ciudad de pagos procedentes de litigios que generaron los famosos convenios urbanísticos nunca ejecutados —al invertirse el dinero en otros menesteres como las Setas de la Encarnación— de la etapa del socialista Alfredo Sánchez Monteseirín como alcalde. En una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 8 de Sevilla, fechada el 25 de septiembre y a la que ha tenido acceso ABC, la magistrada Salud Ostos da la razón al Ayuntamiento y desestima un recurso interpuesto por la propiedad de los terrenos de San Nicolás Este, que pedía la anulación del convenio urbanístico concreto donde se desarrollaban esos suelos.

Los dueños de las fincas afectadas reclamaban casi 15 millones de euros en virtud de los conciertos y convenios rubricados en su día con la Gerencia de Urbanismo, junto con los intereses de demora y daños y perjuicios por no haberse ejecutado los planes urbanísticos y lo que consideran como «imposibilidad» de que estos se lleguen a ejecutar. Pero la Justicia ha rechazado tal extremo, alegando que esa «imposibilidad» no se sostiene.

El gobierno local del socialista Juan Espadas ya desestimó las reclamaciones de la propiedad y, en noviembre de 2017, el propio pleno municipal votó respaldando esta postura contraria a la resolución de los convencios, como exigen los dueños de los suelos comprendidos en el plan SUS-DMN-02 San Nicolás Este. esto abrió la vía contenciosa para pedir esos casi 15 millones, 11,5 de capital a los que hay que añadir intereses de demora y los daños, de más de tres millones.

Frente a ello, como recuerda el fallo, la defensa de la Gerencia de Urbanismo «mantiene que no ha incumplido el concierto ni el convenio firmado con los actores, ni tampoco ninguno de los otros celebrados en los mismos términos con los restantes propietarios de fincas en San Nicolás Este; que el Ayuntamiento no ha desistido del desarrollo del SUS-DMN-O2, San Nicolás Este, sino que, todo lo contrario, ha desarrollado y desarrolla una actividad acreditada, sin que pueda calificarse como retraso injustificado o desproporcionado, pues el Ayuntamiento ha desplegado una actividad dirigida a propiciar un posicionamiento de la autoridad aeronáutica que marcara la pauta que había de seguir el Plan Parcial, cosa que se consiguió hace más de cuatro años, durante los cuales los propietarios del suelo habrían podido desplegar una actividad más diligente para proponer un documento de plan parcial que respetase esas pautas, insistiendo en documentos que las respetaban».

Un convenio de 2002
Tras repasar los antecedentes y la larga tramitación urbanística de la zona, que data de un convenio urbanístico del año 2002, ya con Monteseirín como alcalde, el documento judicial recuerda que «la obligación asumida por el Ayuntamiento de Sevilla, a través de su Gerencia de Urbanismo, de incluir las determinaciones urbanísticas especificadas anteriormente para los terrenos de los hoy actores en el Plan General de Ordenación Urbana, fue cumplida, sin que ello sea cuestionado por las partes». «Lo que considera la parte actora es que tales determinaciones son de imposible cumplimiento, así como lo es la materialización de los aprovechamientos resultantes del convenio», se indica para añadir que «esta alegada imposibilidad de cumplimiento se centra en las afecciones aeroportuarias y de carreteras».

El auto sostiene que Urbanismo ha ido cumpliendo las obligaciones asumidas «sin que ello sea cuestionado por las partes»
Pues bien, frente a ello, la juez entiende que «una vez examinado el expediente administrativo, no se puede concluir que existiera imposibilidad jurídica que continúe a fecha de hoy, como sostiene la parte actora». También se repasa que desde el Estado se requirieron en 2007 varios informes por parte de Aviación Civil, dada la cercanía de esas parcelas con el aeropuerto de San Pablo, documentos que aquel equipo de gobierno socialista no atendió y, pese a ello, aprobó el texto refundido del PGOU.

«Pero de ello no se deriva necesariamente que finalmente sus determinaciones no se ajustaran a los informes del referido órgano estatal, pues ello no consta, sino que lo que consta es su aprobación por la Administración autonómica y la falta de impugnación por la Administración estatal», algo que el juzgado entiende como un consentimiento tácito. «La falta de informe preceptivo en el procedimiento de elaboración del instrumento de planeamiento no puede ser usada en este recurso en que se pretende la resolución de un convenio urbanístico, fundándose en una pretendida ilegalidad del plan general, a modo de impugnación indirecta del mismo», recoge el auto.

«Por otra parte —subraya— tampoco se acredita la imposibilidad material ni jurídica de desarrollo y concreción de estsa determinaciones urbanísticas a través del Plan parcial del sector San Nicolás Este». Tampoco de los informes de la Dirección General de Carreteras del estado con especificaciones técnicas que han ralentizado los desarrollos «se deriva ninguna imposibilidad de cumplimiento de las determinaciones del convenio urbanístico cuya resolución interesan los actores» de la demanda.

Actuaciones municipales
Se alude, así, a varias actuaciones municipales que «impiden concluir que el Ayuntamiento de Sevilla, y su Gerencia, hayan paralizado sine die desde 2014 la tramitación del planeamiento de desarrollo, y menos aun que —y en ello basa la demanda la parte actora— que esta paralización tenga su origen y sea demostrativa de la alegada imposibilidad de cumplimiento».

«En definitiva —recalca el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 8 de Sevilla—, no consta imposibilidad de cumplimiento material ni jurídico de las determinaciones urbanísticas del convenio, recogidas en el Plan General, sino que, antes al contrario, el desarrollo de las mismas en el sector es posible, como ponen de manifiesto el último informe favorable de la Dirección General de Aviación Civil, y las actuaciones que se están desarrollando en orden a hacer viable las conexiones del sector con la red de carreteras, accesos que se han de abordar de forma conjunta en todo el sector San Nicolás, Este y Oeste, evidencian que tampoco hay imposibilidad en este ámbito».

Con el rechazo de esta demanda, ante la que cabe recurso de apelación a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el Ayuntamiento se libra de abonar esos 15 millones —que en principio eran 23— y, sobre todo, sienta la bases para los litigios abiertos en otro puñado de convenios similares, firmados y luego no ejecutados en la etapa de Monteseirín, que suponen más de cien millones de euros en el alero. El primer caso se ha salvado.

Más de 200 millones de euros recaudados
El gobierno que formaron el socialista Alfredo Sánchez Monteseirín y el comunista Antonio Rodrigo Torrijos se gastó el dinero que habían depositado las empresas promotoras para el desarrollo urbanístico de la capital andaluza. En total, el Ayuntamiento cobró por estos convenios 200 millones de euros, con los que tendría que ejecutar las obras de urbanización de los nuevos suelos conforme se fueran emitiendo las licencias. La crisis frenó aquel impulso y el alcalde decidió recurrir al principio de caja única. Es decir, se gastó esas cantidades en otras cosas, como las Setas de la Encarnación, la reurbanización de la Alameda o la red de carriles bici. Sin embargo, el acuerdo con las promotoras sigue vigente y el Ayuntamiento está obligado a cumplir con ellas, pero no tiene el dinero en la caja.

 
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