Jue

27

Oct

2016

PIDEN MULTAS POR LA PUBLICIDAD EN EL CENTRO Imprimir

VIVA SEVILLA / 30/7/2016

Facua Sevilla ha pedido al Ayuntamiento que endurezca las multas por mostrar instalaciones de publicidad de grandes dimensiones que no son autorizadas previamente por la Gerencia de Urbanismo, ya que la asociación considera "ridículas" las sanciones que se aplican en la actualidad de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Publicidad, que "sólo suponen cómo máximo un 20 por ciento de lo que cuesta desmontar la instalación".

En un comunicado, la asociación de consumidores y usuarios ha informado de la detección de "varios casos en los últimos años" en los que se publicitan diferentes marcas a través de grandes lonas que se cuelgan con sistemas de andamiaje en lugares céntricos de la ciudad y que, en muchos casos, pertenecen al Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Sevilla.


 
 
//frontal.idsp.smartycenter.com/es/@x31?AffiliateID=9187&source=intxt&;_RM_HTML_USERID_=66760&kws=videojuegos" style="margin:0px;padding:0px;border:0px;outline:0px;vertical-align:baseline;background:transparent">
 
 
PLAY

Por ello, Facua ha pedido celeridad al Consistorio hispalense en el cambio normativo para que este tipo de prácticas "dejen de reportar grandes beneficios a cambio de mínimas molestias", como pueda ser pagar la desinstalación de la lona, con la que ya cuenta la marca. "El ridículo marco sancionador es una invitación a burlar la norma para las empresas", ha añadido la asociación.

Además, recuerda que en la zona incluida en el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Sevilla "está prohibida la instalación de publicidad", de acuerdo con el artículo 22.b de la Ordenanza Municipal de Publicidad, que recoge que está prohibida "cualquier instalación publicitaria en los lugares catalogados al amparo de lo dispuesto en la Normativa Urbanística".

Dicha ordenanza también recoge, en su artículo 35, que "efectuar las instalaciones careciendo de la licencia municipal" es una infracción grave, y por lo tanto, sancionable con una multa "del diez al 20 por ciento del valor de las medidas necesarias para restituir la realidad física alterada".

La norma indica que "en ningún caso la infracción urbanística puede suponer un beneficio económico para el infractor". En este sentido, Facua Sevilla reclama que la sanción sea contundente, dado el agravante de que la autorización para instalar la lona había sido denegada previamente.